El Derecho Civil es el conjunto de normas que constituyen el Derecho Privado, entendiendo por tal a aquel que regula las relaciones entre las personas, se aplica a todas las materias de Derecho privado que no tienen una regulación especial de carácter legal, y contiene normas que regulan las relaciones jurídicas privadas aplicables a todos los individuos, independientemente de factores como nacionalidad, profesión, religión, etc., relativas al estado y capacidad de las personas, a la familia, al patrimonio, a las obligaciones y contratos ya la transmisión de los bienes, regulando las relaciones privadas de los individuos entre sí. 

 

  • Procesos de pertenencia
  • Procesos divisorios
  • Procesos de Restitución de Inmueble Arrendado
  • Procesos de Resolución de contratos
  • Procesos Reivindicatorios
  • Procesos Ordinarios, Abreviados, Ejecutivos y Verbales ante la Jurisdicción Civil.
  • Acciones de Nulidad y Restablecimiento del Derecho, de Controversias Contractuales, de Reparación Directa, de Enriquecimiento sin Justa Causa.
  • Recursos extraordinarios de Casación y Revisión ante la Sala de Casación Civil y de Familia de la Corte Suprema de Justicia.
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